miércoles, 11 de mayo de 2011

Por qué debe pagar el Estado

Resurrección Galera Pacheco era profesora de religión católica en distintos centros públicos almerienses hasta que fue despedida. Resurrección no tiene oposiciones, no es funcionaria pública. Era empleada del obispo del lugar, tuvo una desavenencia con él -había contraído matrimonio civil con un divorciado y estaba pendiente de la nulidad del vínculo de su marido para casarse por la Iglesia- y fue despedida. Ahora un fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Almería decide que se le debe reembolsar 10 años de salario. Trabajó desde 1994 hasta 2001. El obispado despide, la Junta de Andalucía ejecuta, pero quien paga es el Ministerio de Educación. Así de sencillo. ¿Por qué debe pagar el Estado, si es un asunto entre un empresario, el obispo, y un trabajador, Resurrección Galera?
"La resolución aquí dictada afecta a los tres demandados, ya que los tres participaron de una u otra manera (el obispado proponía, el ministerio contrataba y pagaba, y la actividad laboral se desarrollaba en centros dependientes de la consejería). Pero, no obstante, hay que establecer que quien realmente actuaba como empresario en el despido era el Ministerio de Educación y, por tanto, es a dicho organismo a quien se debe condenar a readmitir a la trabajadora y al pago de los salarios dejados de percibir".

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